Defensa técnica especializada contra multas por omisión o error en el Formulario 930 de precios de transferencia ante la DGI de Panamá.
La omisión del Formulario 930 o la presentación con errores genera multas automáticas de la DGI. Estas multas son recurribles mediante el Recurso de Reconsideración, que debe presentarse dentro de 30 días hábiles.
Nuestro abogado fundador conoce los criterios exactos que aplica la DGI en estos casos — lo que permite diseñar la mejor estrategia de defensa con la mayor probabilidad de éxito.
Conocimiento interno de la administración tributaria panameña.
Master en Administración Pública — derecho, economía y política.
Sin delegación indiscriminada. Usted siempre habla con el experto.
Abogado idóneo en la República de Panamá.
"Una multa por F-930 es recurrible. Pero el recurso debe ser técnicamente sólido — no basta con decir que hubo un error involuntario."
— Lic. José Manuel Góndola Escudero · Idoneidad No. 17,005Revisión de la resolución sancionatoria, monto de la multa y causas del incumplimiento.
Desarrollo de los argumentos de defensa: error material, desconocimiento justificado, primera infracción.
Redacción y presentación del recurso ante la DGI dentro del plazo de 30 días hábiles.
Gestión de la respuesta de la DGI y apelación ante el TAT si la reconsideración es denegada.
Preparación de la documentación de PT para regularizar el cumplimiento hacia futuro.
Negociación de reducción de multa por cumplimiento voluntario y cooperación con la DGI.
Revisamos el acto sancionatorio, los plazos de recurso y los argumentos disponibles.
Definimos la estrategia: recurso de reconsideración, reducción o regularización.
Recurso presentado ante la DGI dentro del plazo legal con argumentación técnica completa.
Gestión hasta la resolución de la DGI y apelación ante el TAT si corresponde.
Empresa nueva que desconocía la obligación — recurso por error justificado y regularización inmediata.
Empresa que clasificó incorrectamente operaciones vinculadas — corrección técnica y recurso.
Empresa con omisiones previas — negociación de reducción significativa mediante cooperación.
30 días hábiles desde la notificación de la resolución sancionatoria. Este plazo es fatal — no puede extenderse.
Error material involuntario, desconocimiento justificado de la norma, primera infracción, ausencia de daño fiscal y cooperación voluntaria.
Los recursos administrativos siempre son procedentes. La intencionalidad afecta la estrategia argumentativa pero no elimina el derecho de recurrir.
Puede apelar ante el Tribunal Administrativo Tributario (TAT). El TAT es una instancia independiente que revisa los actos de la DGI.
Depende del monto y las circunstancias. Además del monto, hay efectos sobre el historial tributario de la empresa que vale la pena proteger.
Consulta inicial urgente y confidencial. Revisamos el acto y evaluamos la viabilidad del recurso.