Registro de Naves · Abanderamiento · AMP

Registro de naves y abanderamiento
en Panamá

Gestionamos el abanderamiento de naves en el registro panameño bajo la Ley 57 de 2008: registro provisional y definitivo, sociedad propietaria, hipoteca naval y cambio de bandera, ante la Autoridad Marítima de Panamá.

¿Por qué Gondolegal?
  • Registro provisional y definitivo ante la AMP
  • Todo tipo de naves: carga, tanqueros, pasajeros y yates
  • Sociedad anónima propietaria del buque
  • Hipoteca naval — constitución y registro
  • Cambio de bandera coordinado con el registro anterior
  • Atención en español e inglés
Nuestra Experiencia

¿Por qué Gondolegal?

El registro de naves panameño — regulado por la Ley 57 de 2008, General de Marina Mercante, y administrado por la Autoridad Marítima de Panamá — es una de las banderas más grandes y reconocidas del mundo.

Gestionamos el proceso completo: desde la constitución de la sociedad propietaria y la revisión documental, hasta el certificado de matrícula y la hipoteca naval simultánea cuando el financiamiento lo exige.

Ex-Funcionario DGI

Conocimiento interno de la administración tributaria panameña.

Cornell University MPA

Master en Administración Pública — derecho, economía y política.

Atención directa al socio

Sin delegación indiscriminada. Usted siempre habla con el experto.

Idoneidad No. 17,005

Abogado idóneo en la República de Panamá.

AMP
Autoridad Marítima
Ley 57
De 2008 — marco legal
2
Registro provisional y definitivo
Global
Consulados de marina mercante

“El registro panameño no es burocracia — es el acceso al sistema legal marítimo más reconocido del mundo. Un buen abogado lo convierte en ventaja competitiva.”

— Lic. José Manuel Góndola Escudero · Idoneidad No. 17,005
Servicios

Lo que ofrecemos.

Registro Provisional

Inscripción que habilita la navegación bajo bandera panameña mientras se completa la documentación.

Registro Definitivo

Perfeccionamiento del registro con la documentación completa ante la AMP.

Hipoteca Naval

Constitución y registro de la garantía, en simultáneo con el abanderamiento si el financiamiento lo requiere.

Sociedad Propietaria

Constitución de la sociedad panameña dueña del buque y su estructura de operación.

Cambio de Bandera

Transición desde otro registro al pabellón panameño sin dejar la nave sin bandera.

Cancelación y Transferencias

Cancelación del registro, cambios de propietario y actualizaciones ante la AMP.

Proceso

Cómo trabajamos.

01

Revisión documental

Certificados de propiedad, matrícula anterior, medición y clase: revisamos todo antes de presentar.

02

Estructura propietaria

Constituimos la sociedad panameña propietaria si la operación la requiere.

03

Presentación ante la AMP

Radicamos la solicitud con el expediente completo, aquí o vía consulado de marina mercante.

04

Matrícula y cierre

La AMP emite el certificado; si hay financiamiento, la hipoteca naval se inscribe en simultáneo.

Casos

Casos que manejamos.

Carguero en cambio de bandera

Transición desde otro registro al pabellón panameño coordinada con el armador y el financista.

Cambio de Bandera

Yate de propietario extranjero

Sociedad propietaria, registro y documentación lista para navegar.

Yates

Nave financiada por banco

Registro e hipoteca naval inscritos en simultáneo para el desembolso.

Hipoteca Naval
FAQ

Preguntas frecuentes.

¿Qué ley regula el registro de naves en Panamá?

La Ley 57 de 2008, General de Marina Mercante, regula el abanderamiento de naves en el registro panameño, administrado por la Autoridad Marítima de Panamá (AMP). La bandera panameña es una de las más grandes del mundo.

¿Cómo funciona el abanderamiento de una nave?

La nave se inscribe primero con un registro provisional que la habilita a navegar bajo bandera panameña mientras se completa la documentación, y luego se perfecciona el registro definitivo ante la AMP, con su certificado de matrícula.

¿Puedo registrar la nave a nombre de una sociedad panameña?

Sí, es la estructura habitual: constituimos la sociedad propietaria, registramos la nave a su nombre y dejamos la estructura lista para el financiamiento y la operación.

¿Qué es la hipoteca naval y cuándo se usa?

Es la garantía sobre la nave que exigen los financistas. Se constituye e inscribe en el registro panameño, normalmente en simultáneo con el registro de la nave, para que el desembolso y el abanderamiento cierren juntos.

¿Qué pasa si mi nave está registrada en otra bandera?

Se gestiona el cambio de bandera: cancelación o suspensión del registro anterior, inscripción provisional panameña y registro definitivo. Coordinamos con el registro de origen para que la nave no quede sin bandera en ningún momento.

¿Atienden trámites desde el extranjero y en inglés?

Sí. Gran parte del registro panameño se gestiona a través de los consulados de marina mercante en el exterior y atendemos armadores y agentes en inglés. See our ship registration guide in English.

Iniciar Contacto

¿Listo para izar
la bandera panameña?

Consulta inicial confidencial. Revisamos la documentación de su nave y le confirmamos los pasos y requisitos de su caso. Honorarios cotizados por escrito.