Representación técnica especializada ante la Dirección General de Ingresos (DGI). Recursos de reconsideración, apelaciones ante el TAT y Sala Tercera.
La DGI es la entidad de administración tributaria de Panamá. Sus actos — multas, liquidaciones adicionales, resoluciones de alcance — son recurribles en sede administrativa y judicial.
Nuestro abogado fundador fue funcionario de la DGI con especialización en precios de transferencia. Conocemos los criterios internos de fiscalización, los argumentos que funcionan — y los que no.
Conocimiento interno de la administración tributaria panameña.
Master en Administración Pública — derecho, economía y política.
Sin delegación indiscriminada. Usted siempre habla con el experto.
Abogado idóneo en la República de Panamá.
"Haber trabajado dentro de la DGI me enseñó una cosa fundamental: la mejor defensa tributaria es la que anticipa cómo piensa el fiscalizador — no la que reacciona cuando ya llegó."
— Lic. José Manuel Góndola Escudero · Idoneidad No. 17,005Impugnación del acto de la DGI ante la misma entidad. Primer paso obligatorio en la mayoría de los casos.
Apelación ante el Tribunal Administrativo Tributario como segunda instancia independiente de la DGI.
Demanda contencioso-administrativa ante la Sala Tercera de la CSJ como última instancia.
Presencia y asesoría durante visitas de fiscalización e inspección tributaria de la DGI.
Defensa contra resoluciones de alcance por diferencias en declaraciones de ISLR o ITBMS.
Negociación de facilidades de pago con la DGI cuando el monto es reconocido.
Revisamos la resolución de la DGI, identificamos los vicios y los argumentos de defensa disponibles.
Presentamos el recurso ante la DGI dentro del plazo de 30 días hábiles.
Si la DGI deniega, apelamos ante el Tribunal Administrativo Tributario.
Si el TAT falla en contra, presentamos demanda contencioso-administrativa ante la Sala Tercera.
Resolución de alcance por B/.280,000 — recurso de reconsideración con argumentación técnica exitosa.
Liquidación adicional por ITBMS sobre servicios que la DGI consideró gravables — defensa exitosa.
Multa por declaración de ISLR no presentada en plazo — reducción de multa mediante recurso.
Generalmente 30 días hábiles desde la notificación del acto para el recurso de reconsideración. Este plazo es fatal — no puede extenderse.
Es una entidad independiente de la DGI que conoce los recursos de apelación contra resoluciones de la DGI en segunda instancia administrativa.
Sí. El recurso de reconsideración no suspende automáticamente el cobro, pero en muchos casos puede solicitarse la suspensión del acto mientras se tramita el recurso.
Depende de la solidez técnica del caso. Con argumentación técnica bien fundamentada y documentación adecuada, los recursos tienen probabilidades razonables de éxito.
El recurso de reconsideración: 3–6 meses. El TAT: 6–18 meses. La Sala Tercera: 2–4 años. Es un proceso de largo aliento que requiere estrategia desde el inicio.
Consulta inicial urgente y confidencial. Los plazos ante la DGI son fatales — actúe hoy.