Licencias de seguros generales, de vida y reaseguros ante la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá (dependencia de la ASEP).
La actividad aseguradora en Panamá está regulada por el Decreto Ley 14 de 1994 y supervisada por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, que opera dentro de la ASEP.
Gestionamos el proceso completo de licenciamiento para aseguradoras y reaseguradoras — desde la evaluación inicial hasta la obtención de la licencia y el establecimiento del marco de cumplimiento.
Conocimiento interno de la administración tributaria panameña.
Master en Administración Pública — derecho, economía y política.
Sin delegación indiscriminada. Usted siempre habla con el experto.
Abogado idóneo en la República de Panamá.
"El sector de seguros panameño tiene crecimiento sostenido y barreras de entrada regulatorias significativas. Ayudamos a superarlas con un proceso de solicitud impecable."
— Lic. José Manuel Góndola Escudero · Idoneidad No. 17,005Licencia para seguros de propiedad, accidentes, responsabilidad civil y otros ramos generales.
Licencia para seguros de vida individual, colectivo y rentas vitalicias.
Licencia para planes de salud y hospitalización.
Licencia para aceptar riesgo en reaseguro de aseguradoras primarias.
Licencia para intermediación en la colocación de seguros ante la Superintendencia.
Programa de prevención de lavado de activos para aseguradoras conforme a los estándares.
Evaluamos capital, estructura, plan de negocios y los requisitos de la Superintendencia de Seguros.
Preparamos el expediente completo: plan de negocios, actuarial, reaseguro, AML y gobierno.
Presentamos la solicitud y gestionamos todo el proceso ante la Superintendencia.
Obtención de la resolución de licencia y establecimiento del marco de cumplimiento.
Licencia de seguros generales para aseguradora con sede en Colombia expandiendo a Panamá.
Licencia de reaseguros para entidad que acepta riesgo de aseguradoras latinoamericanas.
Licencia de corredor de seguros para empresa de intermediación en el mercado panameño.
La Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, que opera como una dependencia especializada dentro de la ASEP.
Los requisitos de capital dependen del ramo de seguros. La Superintendencia establece los mínimos para cada tipo de licencia. Los detallamos en la evaluación inicial.
Entre 6 y 12 meses desde la presentación del expediente completo, dependiendo del ramo y la preparación del solicitante.
No. Las aseguradoras extranjeras deben constituir una subsidiaria panameña para obtener licencia y operar en el mercado local.
Las aseguradoras deben implementar un programa AML/CFT conforme a las directrices de la UAF y los estándares de la Superintendencia de Seguros.
Consulta inicial confidencial. Evaluamos su caso y le explicamos el proceso de licenciamiento.